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Eutanasia y discapacidad como justificación: las paradojas de la Ley



Revisando la cuestión sobre la eutanasia me encontré con un debate interesante: el rechazo de los colectivos de representantes de personas con discapacidad del texto de la Ley de la Eutanasia. En concreto, se argumentaba que la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) no respetaba el texto del Convención para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad.


Una vez aprobada la Ley, el CERMI (Coordinadora Estatal de Representantes de Personas con Discapacidad) solicitaba al Defensor del Pueblo que presentara un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley. El CERMI argumentaba que no debía aceptarse como motivo para la eutanasia el "padecimiento grave, crónico e imposibilitante", ya que estigmatiza a las personas con discapacidad. En un post en su web el CERMI explica (las negritas son mías):


"En opinión del Cermi, el supuesto imposibilitante y su definición "vinculan el hecho eutanásico a unas características propias de las personas con discapacidad, especialmente de aquellas con grandes necesidades de apoyo, como la falta de autonomía, la dependencia absoluta o las limitaciones. La definición innecesariamente evoca y señala a las personas con una gran discapacidad o dependencia, estableciendo un vínculo entre discapacidad y eutanasia e identificando a las personas con discapacidad como potenciales usuarios. De ahí que el uso del término imposibilitante resulte discriminatorio por motivos de discapacidad, a juicio de esa organización".


El CERMI explica más en detalle su posición:


"El Cermi considera que esos preceptos son contrarios a los artículos 10.1, 14 y 15 de la Constitución, al señalar la discapacidad como motivo determinante, aunque fuere acumulativo, para proceder a la eutanasia, y estigmatizar de esa forma a las personas con discapacidad al “asociar la idea de imposibilidad con una causa por la que no merece la pena vivir”.


“A juicio de esta organización, dado que la dignidad intrínseca a la condición humana exige dar la misma consideración y respeto a la vida de todas las personas, con independencia de cualquier condición o situación, como puede ser la discapacidad, queda vulnerada cuando el contexto eutanásico se define sobre la base de un padecimiento imposibilitante que remite a conceptos claramente conectados en otras leyes y en el imaginario colectivo con situaciones de discapacidad”.


¿Cuál sería la posición del CERMI frente al caso de Ramón Sampedro?: la crítica del CERMI cuestiona que el hecho de que una persona esté muy imposibilitada, no debería ser justificación suficiente para que se le autorizara la eutanasia. El caso de Ramón Sampedro es un caso histórico en España. Un hombre que a los 25 años sufre un accidente y queda tetrapléjico, y durante 25 años reivindicó su derecho a "morir dignamente". Finalmente consiguió que diferentes amigos le facilitaran cianuro con el que consiguió quitarse la vida.


El caso de Ramón Sampedro está relatado en la película de Alejandro Amenábar "Mar adentro" que obtuvo el Óscar de Hollywood en 2004 a la mejor película de habla no inglesa. La película es un canto a la libertad, y reivindica el derecho de Ramón a "morir dignamente". Me llama la atención una de las escenas en las que se representa la visita de un sacerdote católico a Ramón, que también está tetrapléjico, para convencerle de que no se quite la vida. La escena es diseñada con tono burlón y despreciativo hacia los que intentan defender la vida.


En este caso es evidente que el argumento que justifica el suicidio asistido de Ramón Sampedro es su discapacidad, su tetraplejia. En numerosas entrevistas que se le hicieron antes de morir Ramón explicaba que no quería vivir así, con esta discapacidad, y exigía que se le autorizara a quitarse la vida, y que no persiguieran penalmente a los que le ayudaran. Aquí hay un amplio documental en Youtube sobre el caso.


Creo que este caso ejemplifica muy bien la gran contradicción que hay entre discapacidad y eutanasia. Por un lado la Convención para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad defiende que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que el resto de ciudadanos. Por otro lado, se considera, por parte del CERMI, que una discapacidad nunca debería justificar una eutanasia. ¿Quiere eso decir que la LORE no debería permitir la eutanasia en un caso como el de Ramón Sampedro?


Esta es la gran paradoja que tenemos en el ordenamiento jurídico español, por un lado tenemos una Ley de la Eutanasia que permite su aplicación cuando hay una discapacidad importante. Por otro lado, los colectivos de personas con discapacidad como el CERMI consideran que esto es una estigmatización, y que no debería permitirse la discapacidad como justificación de la eutanasia. Parece que entienden que las personas con discapacidad no deberían tomar decisiones autónomas sobre el fin de su vida. La contradicción es evidente.




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